Promulgada y
redactada en Caracas el 21 de diciembre
de 1811 por Cristóbal Mendoza y Juan Germán Roscio, y sancionada por el
Congreso Constituyente.
Establecía como forma
de Estado la Federación,
a la cual llamaba Confederación.
Acogía la separación
de poderes públicos: Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
El Legislativo era
bicameral: Cámara de Representantes y Cámara del Senado
El Poder Ejecutivo
era colectivo, ejercido por tres personas, única vez en la historia venezolana.
Hacía declaración
solemne de los derechos del hombre: libertad, igualdad, propiedad y seguridad.
Existía un gobierno
constitucional y se hablaba de la diputación de «los Estados Unidos de
Venezuela», según la ley que estableció la capital federal en Valencia.
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